sábado, 8 de junio de 2013

OPINIÓN DE LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL


¿MEJORARÁ LA REFORMA MAGISTERIAL EL DESEMPEÑO DOCENTE?


Uno de los factores esenciales y determinantes en el desarrollo educativo de un país es el maestro; en estos últimos años, se ha puesto en tela de juicio la capacidad y desempeño de este actor fundamental del sistema. A tal punto en menos de dos periodos de gobierno se han propuesto dos leyes sobre la labor magisterial. La interrogante que se plantea la comunidad es ¿Con una ley se podrá mejorar las condiciones laborales del maestro? ¿Con una ley se podrá mejorar el desempeño del magisterio? En ese sentido aquí trato de esbozar la relación de la Ley de Reforma Magisterial y su impacto en el buen desempeño docente.


El primer aspecto en discusión es la naturaleza de la ley y para eso hay que remitirnos a sus principios, en lo que se refiere a desempeño docente se puede constatar “Principio de mérito y capacidad: El ingreso, la permanencia, las mejoras remunerativas y ascensos en la carrera magisterial se fundamentan en el mérito y la capacidad de los profesores”[1]. Esta propuesta normativa lo que privilegia aparentemente las competencias y capacidades. Al igual que el mercado empresarial mientras más competente seas mayor remuneración y más beneficios; sin embargo, hay que preguntarnos ¿los parámetros para determinar competencias y capacidades son las más adecuadas? ¿Entendemos por mérito una maestría, logros de aprendizajes de los alumnos, proyectos y propuestas de innovación? ¿Qué entendemos por mérito? Una resolución, un diploma, una segunda especialidad, etc. Considero que lo determinante es el mérito en tu labor; es decir, innovaciones, mejoramientos de los aprendizajes, elaboración de materiales.


Otro factor a discutir y a reflexionar es la remuneración. Primero es iluso considerar que incrementando el sueldo a los maestros se va contribuir con la calidad de la educación. El incremento del sueldo tiene que ver con un deber que le asiste al estado con un servidor público, como es el profesor; quienes desde hace mucho tiempo han sido relegados en sus demandas económicas. Se ha hecho creer que el incremento es considerable enfatizando en la última cifra del nivel “En el 8vo. Nivel, según la nueva escala, un profesor del octavo nivel (el máximo al que se puede aspirar) con jornada pedagógica de 40 horas semanales recibirá un sueldo de hasta S/. 5.183 mientras que si dicta un mínimo de 24 horas de clases su remuneración llegará a S/. 3.109”[2]. Cifra totalmente maquillada porque solo podrán percibir esas cifras los de desempeño en gestión y con una jornada laboral de 40, la pregunta cae de maduro ¿Todos los maestros podrán ser directivos? ¿Todos los maestros trabajarán 40 horas? No, solo una mínima parte. Considero que el razonamiento debe ser invertido si el estado ha fijado una Remuneración Integra mensual de 52 soles, entonces multipliquemos 52 por 24 horas, cuyo resultado es 1 248 ¿A cuánto asciende la canasta familiar en el Perú? No solo es mi conclusión sino reflexionemos sobre la opinión de un maestro “Sres. Congresistas y señora Ministra Patricia Salas, Uds. podrán mantener una familia con S/. 1 243 soles? porque no se bajan el sueldo Uds. a 1243 y vivan. Solo les gusta vivir y aprovechar ocasiones. Ya les juzgará El todo poderoso. Dios...”[3] Sin ir muy lejos integro el IV nivel de esta ley mi remuneración es de 1 745 con maestría, doce años de servicio. ¿Cuánto invertimos en la educación de nuestros hijos, los gastos de servicios básicos? Por el lado económico no se puede decir alegremente que hay una mejora sustancial. Señores un sueldo justo es de acuerdo a la canasta familiar de allí los méritos.


Si hay algo saludable en esta propuesta legislativa es de integrar en un solo régimen laboral a todo el magisterio para poder unificar y articular mejores propuestas. Además se ha aperturado nuevas áreas de desempeño. Sin embargo, el área de investigación que es un factor determinante para mejorar la calidad de la educación es el área más olvidada y relegada. Esto se puede constatar con facilidad, ya que hasta aún no se ha implementado absolutamente nada ¿Cómo vamos a mejorar el desempeño del docente si sus experiencias no se sistematizan? ¿Cómo se va mejorar la calidad educativa si son los maestros los que tienen que proponerlo a través de sus investigaciones? Como reza la sentencia “Dime cómo investigas y te diré tu nivel de desarrollo”.


Otro aspecto a destacar en la propuesta legislativa es integrar a los maestros de los órganos intermedios a la carrera. La experiencia de designar a especialistas de las Dre, Ugel, a directores, a subdirectores por confianza, amistad o posición política ha sido un total fracaso. Los profesionales del órgano intermedio son los agentes fundamentales para promover e implementar una propuesta educativa, y sin lugar a dudas, no hemos tenido resultado. Ahora, lo ideal es que se acceda a esas plazas vía concurso debidamente planificados y estructurados de acuerdo al perfil que se requiere para generar cambios y logros educativos.


Por consiguiente, necesitamos una ley que privilegie las capacidades y que exista una formación continua integrando tecnología e innovaciones propias de las escuelas. Además de un sistema de ascensos con evaluaciones funcionales y méritos acreditados y certificados, donde todos los maestros tengan las mismas oportunidades y no una ley del embudo. Además de una remuneración de acuerdo a la realidad económica del  gasto familiar y con un presupuesto educativo que implique capacitación, implementación de las escuelas y así se pueda generar investigación para una verdadera trasformación.




[1] LEY Nº 29944. Ley de Reforma Magisterial. Artículo 2
[2] http://www.educacionenred.com/Noticia/
[3] http://www.larepublica.pe/columnistas/punto-de-vista/ley-de-reforma-magisterial-24-11-2012

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